CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD
El certificado de discapacidad es un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad expedido por la Administración Autonómica a través de los Centros de Valoración y Orientación.
Este grado de discapacidad se evalúa mediante un baremo estatal y se valoran las limitaciones de la persona y factores sociales complementarios relativos como el entorno familiar, la situación laboral, educativa y cultural, que dificultan su inclusión social. El grado de discapacidad se expresará en porcentaje, para que la discapacidad esté reconocida debe tener al menos un grado del 33%.
Se solicita, de forma presencial, en cualquier registro, u oficina de Servicio de Atención al Ciudadano. También se puede solicitar adjuntando la documentación mediante registro electrónico. El plazo para solicitarlo esta abierto durante todo el año.
- Formulario de solicitud.
- En caso de representación legal, documento que lo acredite.
- Copia de los informes médicos y psicológicos acreditativos de la discapacidad alegada.
- Documentación que se juzgue conveniente a fin de acreditar la discapacidad alegada.
En el caso de menores de edad:
- Libro de familia u otro documento donde conste la filiación del representante (padre, madre) y la inscripción del menor.
- Documento donde conste la filiación del representante (padre, madre) y la inscripción del menor.
- En el caso de separación o divorcio de sus padres: Copia de los documentos que acrediten la guarda y custodia del menor.
En el caso de pensionistas:
- Resolución o certificado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o Ministerio de Defensa) de la situación de reconocimiento de pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio.
- Ámbito Laboral: Apoyos para el acceso al empleo en empresas de más de 50 trabajadores, ayudas al autoempleo, reservas de plazas para discapacitados en oposiciones, planes de pensiones, asesoramiento laboral.
- Beneficios fiscales: Deducciones en la declaración de la renta (IRPF), reducciones en el impuesto de vehículos y en impuesto de circulación, bonificaciones en el impuesto de sucesiones y donaciones, bonificaciones en el pago de determinados impuestos ( tasa de basura, IBI, agua…)
- Deducciones: Reducciones en el precio del transporte público, reducciones en la adquisición de vivienda,descuentos en ocio y tiempo libre
- Prestaciones: Prestación no contributiva por discapacidad (mínimo 65%), ayudas individuales para personas con discapacidad.