COPAGO FARMACÉUTICO

El Real Decreto Ley 16/2012 establece el porcentaje de aportación así como un límite mensual aplicable, en función de la renta que tenga dicha persona. La norma indica que la aportación del usuario será proporcional al nivel de renta que se actualizará, como máximo, anualmente.

Para asignar la aportación farmacéutica que corresponde a cada usuario, la Agencia Tributaria facilita anualmente al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) los datos del nivel de renta de los usuarios, procedentes de la declaración del IRPF del último ejercicio fiscal. A partir de estos datos, el INSS asigna la aportación farmacéutica individual y la comunica a los Servicios de Salud de las comunidades autónomas. Mediante un código en la receta electrónica, los farmacéuticos conocen en el momento de la dispensación la aportación que cada paciente ha ido haciendo.